La transición de natural a jurídica puede ser un proceso engorroso. Una de las preguntas más frecuentes de nuestros clientes es, ¿con cuál me conviene empezar?
Eso dependerá de factores como actividad comercial, presupuesto, entre otros. Pero escoger cómo empezar es solo el primer paso. También debes estar alerta cuándo hacer la transición de natural a jurídica.
Muchos emprendedores inician sus ideas de negocio bajo de la figura de persona natural. Eso no quiere decir que es bueno o malo. Todo dependerá del presupuesto que manejes para invertir en una sociedad anónima.
Ahora también tendrán la opción de las sociedades de emprendimientos. Esta opción tiene como principal beneficio el bajo costo de constitución. Es decir, que dependiendo de tu presupuesto y tus objetivos, la forma jurídica para operar tu negocio puede variar.
Debes tomar en consideración si tu objetivo a mediano plazo es mantenerte como persona natural. O si vas a considerar en tu presupuesto el cambio a una persona jurídica.
Si ese es el caso, trata de hacer la transición de natural a jurídica a corto plazo. En un momento en donde no tengas tantos compromisos. Especialmente con entidades públicas ya que la transición puede ser un poco burocrática en algunos casos.
Aquí te dejamos algunos pasos que quizás debes realizar para la transición de natural a jurídica. Esto será necesario una vez tu sociedad ya sea anónima o de emprendimiento este constituida.
Hay que tener en cuenta que estos pasos pueden variar dependiendo en que etapa se encuentre tu negocio.
- Aviso de operación: cancelar o traspasar el aviso de operación que tienes como persona natural a jurídica. En caso de actividades con licencias o permisos, este paso puede ser más complejo.
2. Dirección General de Ingresos: si tu negocio adquirió una obligación fiscal o varias en esta entidad, deberás informarle a la DGI que tu negocio ya no estará bajo la figura de persona natural.
Por ende el contribuyente cambia completamente. Es decir que las obligaciones fiscales que adquiriste como persona natural deben ser eliminadas. Si no lo haces, seguirás con las mismas obligaciones, aunque el negocio no este operando bajo la figura de persona natural.
3. Caja de Seguro Social: Si tu negocio tiene una planilla como persona natural, también debes realizar una serie de trámites para hacer el cambio de natural a jurídica.
En este caso, se debe hacer la inscripción de patrono ante la Caja de Seguro Social de la persona jurídica, hacer un traspaso de los colaboradores que se encuentran en la planilla como persona natural.
Para esto debes presentar una serie de documentación junto con una adenda a los contratos laborales de tus trabajadores que debe ser presentado y sellado en MITRADEL. Luego hacer el cierre de la planilla como persona natural.
4. Autoridad de la Micro, Pequeña, y Mediana Empresa: si en algún momento te inscribiste como persona natural en el Registro Empresarial, ahora con la sociedad puedes hacerlo nuevamente.
La única diferencia es que algunos de los documentos que debes presentar son diferentes. Pero los beneficios siguen siendo igual tanto para natural como jurídica.
5. Municipio: cada municipio tiene requisitos diferentes, pero lo que no suele variar es que si cambias tu negocio de persona natural a jurídica debes notificarle al municipio en donde se encuentra tu negocio.
Por ejemplo, en el caso del Municipio de Panamá tienes la opción de hacer el traspaso de persona natural a jurídica.
Como puedes ver, entre más pasa el tiempo, la cantidad de pasos que debes dar pueden incrementar. Por eso le recomendamos fijarse objetivos y establecer un presupuesto basado en esas metas. Si tu meta es operar tu negocio bajo la figura de una persona jurídica, debes tener en consideración que entre más compromisos adquieras con entidades públicas, más tediosa será la transición.
La mayoría de los pasos los puedes realizar, pero si no cuentas con el tiempo para dedicarle a todos esos trámites, lo más recomendable es que busques asesoría o servicios outsourcing. Muchos de esos pasos tienen términos específicos que si no cumples pueden generarte más dolores de cabeza.
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