Incentivos para empresas dedicadas al Reciclaje

incentivos fiscales para empresas de reciclaje

El Órgano Ejecutivo aprobó recientemente la ley 223 de 8 de junio de 2021. Esta ley busca establecer incentivos para empresas que estén dedicadas al reciclaje.

Con esta ley se busca fomentar 3 aspectos:

a. Que otras empresas implementen prácticas comerciales sostenibles;

b. La reconversión de las empresas y;

c. El fortalecimiento de esta industria en el país.

Veamos algunos puntos claves sobre esta nueva ley que busca otorgarle incentivos fiscales a las empresas dedicadas al reciclaje en Panamá.

  1. ¿Quiénes aplican?

En esta ley se establece quiénes pueden aplicar. Una de esas personas son las jurídicas especializadas en la operación de plantas industriales de reciclajes. Estas empresas deben estar debidamente avaladas por el Ministerio de Ambiente.

Este primer grupo tendrá los siguientes beneficios:

Quedarán exoneradas por un período de 5 años, del pago de:

  • El impuesto sobre la renta (ISR);
  • También, el impuesto de dividendo o cuota de participación distribuida entre socios o accionistas nacionales e internacionales;
  • Y por último, el impuesto de importación de equipos y maquinarias requeridas para la manufactura.

¡OJO! Estas empresas mantienen la obligación de presentar anualmente la declaración jurada del impuesto sobre la renta para fines informativos ante la DGI.

 

Antes de mencionar el segundo grupo, veamos la definición del primero grupo. Según la ley, ¿quiénes son plantas industriales de reciclaje?

Son aquellas instalaciones que están especializadas en la recuperación de residuos. Esto con la finalidad de transformarlos en artículos con una nueva vida útil, evitando su disposición final.

 

Ahora veamos el segundo grupo que puede aplicar a este incentivo. Se trata de las personas naturales y jurídicas que reconviertan su actividad. Es decir, aquellas que reemplacen sus productos de plásticos por materiales biodegradables. Esos materiales no pueden contener plástico. Al igual que el primer grupo, estas personas deben ser avaladas por el Ministerio de Ambiente.

Este segundo grupo tendrá los siguientes beneficios por 5 años:

  • Exoneración del impuesto de importación de equipos y maquinarias.
  • Descuento de 15% del impuesto sobre la renta

 

Al igual que en el primer grupo, la ley define quiénes entran en la categoría del segundo grupo. La reconversión aplica para las personas dedicadas a la industria del plástico que se hayan visto obligadas a migrar maquinaria o reemplazar su línea de producción por artículos biodegradables que no contengan plástico.

 

2. ¿Cómo pueden aplicar a estos beneficios?

Para recibir los beneficios establecidos en la ley, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Contar con los permisos legales requeridos para el ejercicio de su actividad económica.
  • Luego de obtener el aval del Ministerio de Ambiente, deberá presentar solicitud ante la DGI.
  • El período de 5 años empieza a correr desde la fecha en que se notifique a la empresa la resolución de aprobación de la solicitud.

3. ¿Quiénes no aplican?

La norma establece quiénes no aplican a los beneficios fiscales. Los casos que no serán considerados para obtener los beneficios fiscales son:

  • Personas naturales o jurídicas cuyos materiales de reemplazo sean: opciones de plástico sintético etiquetado como degradable, biodegradable, oxobiodegradable, bioplástico, biobasado, reciclado o cualquier otro plástico derivado del petróleo y otros hidrocarburos.
  • Personas jurídicas que recolectan material reciclaje para exportar. El proceso de reciclaje debe ser dentro de Panamá.

 

Estos incentivos en materia ambiental empezarán a partir de la vigencia fiscal del año 2022. Esto para permitir que el Ministerio de Economía y Finanzas pueda reglamentar el procedimiento para solicitar los beneficios fiscales.

También, el Ministerio de Ambiente deberá reglamentar cuál será el procedimiento para solicitar la certificación. En este proceso se dará el aval a los dos grupos que califican.

 

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