Planilla 03: cambio en su periodicidad.
La planilla 03 o informe 03 consiste en un reporte de los salarios devengados de cada trabajador y el monto en concepto de impuesto de renta. En este artículo veremos algunos datos generales de este informe para que identifiques si tu empresa tiene la obligación de la presentación de la planilla 03.
1. ¿En qué consiste?
La planilla 03 es un informe que les permite a los contribuyentes que apliquen, reportar a la Dirección General de Ingresos los salarios devengados por cada uno de sus trabajadores, y la información de los montos correspondientes a la retención de impuesto de renta.
2. ¿Quiénes están obligados?
Todos los contribuyentes, ya sea natural o jurídico que tengan una planilla activa, deben presentar este informe. Una pregunta frecuente es, si ninguno de los trabajadores de mi empresa paga renta, ¿igual debo presentar la planilla 03? La respuesta es sí. La empresa sigue teniendo la obligación.
Dato importante: las personas encargadas del cálculo quincenal deben verificar que se le aplique la renta a los ingresos o remuneraciones que sean sujetos de esta deducción para evitar correcciones tanto para el reporte enviado al SIPE como el informe 03.
3. Planilla 03: cambio en su periodicidad
Anteriormente, la planilla 03 se presentaba anualmente. Sin embargo, la Dirección General de Ingresos hizo algunas modificaciones en la norma para cambiar la periodicidad de la presentación de este informe.
Este cambio empezó a regir a partir del período 2022, pero no fue hasta mediados de año que se habilitó la plataforma para presentar los informes mensuales. Es por ello, que hay meses del 2022 que aún se están presentando este año. Por ejemplo, la planilla 03, correspondiente al mes de diciembre 2022, tiene como fecha tope de presentación marzo 31 del 2023.
Según lo establecido en la norma, la planilla 03 deberá ser presentada dentro de los 60 días calendario siguientes al mes que correspondan.
4. Contenido del informe
La planilla 03 deberá tener la siguiente información:
- La información de todos los trabajadores inscritos en la planilla de la empresa.
- Los salarios reportados en SIPE.
- Las retenciones del impuesto de la renta (los que aplique).
El contribuyente debe verificar que la información cargada en el sistema coincida con lo reportado en el SIPE. En caso de algún error o discrepancia, se deberá hacer las correcciones manualmente. Si tu empresa requiere que sé le dé capacitación a la persona encargada de elaborar este informe, contáctanos, nosotros podemos brindarle la capacitación que necesita tu personal.
5. Saldo a favor del fisco – Fecha de pago
Planilla 03: cambio en su periodicidad. La fecha de presentación no es el único cambio que se contempló en la norma. También hubo otros cambios relacionados con aquellas situaciones en donde quede saldo a favor del fisco panameño.
En estos casos, el pago de ese saldo a favor deberá ser cancelado mensualmente, al igual que la fecha de presentación del informe. Es decir, que la fecha límite para pagar es el último día hábil después del mes vencido.
6. Paso a paso: ¿Cómo encuentro el informe?
Al ingresar a la cuenta del contribuyente a través de la plataforma E-TAX en la página web de la DGI, encontrará en el menú desplegable la opción de presentar informes.
Una vez se le da clic a esa opción, se encontrarán un listado de los informes disponibles en el sistema. Adicional, debes verificar que el período sea mensual y el tipo de informe original. Por último, escoger el mes y año que deseas presentar.
Otros dato que debes agregar es la información del patrono, es decir, el número patronal cuando sea primera vez. Una vez agregada la información solo deberás verificar en las siguientes presentaciones que el número sea el correcto.
Cuando has llenado toda esa información, se debe habilitar la opción para descargar el archivo con los datos enviados por la Caja de Seguro Social.
Al abrir este documento en Excel, el contribuyente podrá verificar la información que consiste en una planilla pre elaborada basada en la información que el contribuyente reportó en el SIPE.
Por último, si toda la información cargada es correcta, el contribuyente debe guardar y subir el documento para su presentación. La constancia que le informe fue recibido y aprobado es el certificado de recepción emitido por el sistema.
7. Sanciones
Un aspecto que no se cambió en la normativa es la sanción por la no presentación o presentación tardía de la planilla 03. El monto en concepto de multa por mes no presentado es de $1000.00 dólares.
8. Calendario de presentación
Como mencionamos anteriormente, hay meses del 2022 que aún se están presentando este año. Aquí te dejamos el calendario aplicable al 2022 que te servirá de guía para las fechas de presentación que le siguen:
- Enero a junio 2022: fecha límite de presentación es 30 de septiembre del 2022.
- Julio 2022: fecha límite de presentación es el 31 de octubre del 2022.
- Agosto 2022: fecha límite de presentación es el 30 de noviembre del 2022.
- Septiembre 2022: fecha límite de presentación es el 31 de diciembre del 2022.
- Octubre 2022: fecha límite de presentación es el 31 de enero del 2023.
- Noviembre 2022: fecha límite de presentación es el 28 de febrero del 2023.
- Diciembre 2022: fecha límite de presentación es el 31 de marzo del 2023.
Planilla 03: cambio en su periodicidad es uno de los cambios más significativos que ha tenido este informe. Si tu empresa es contribuyente de esta obligación y quieres mantenerte al día con la presentación de la planilla 03, escríbenos. Nuestro equipo está listo para brindarte la orientación y el servicio que tu empresa necesita.