Hace unas semanas el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) actualizó Panama Emprende. Al dirigirte a la página web notarás los cambios en la página de inicio para iniciar sesión. Luego, al ser dirigido a tu plataforma en donde puedes encontrar tus avisos, podrás observar que el menú de opciones también cambió. Pero el cambio es mas una cuestión de diseño que contenido.
Uno de los cambios principales ahora que el MICI actualizó Panama Emprende es para las personas naturales.
Anteriormente, las personas naturales que deseaban tramitar un aviso de operación se registraban en Panama Emprende y emitían el aviso. Muchas veces estas personas no se inscribían en las demás instituciones con las que su negocio tiene obligaciones. Solo operaban con un aviso de operación que es un documento que algunos clientes suelen pedirle a los negocios al momento de contratar un servicio.
Un claro ejemplo de eso es la Dirección General de Ingresos. A diferencia de las personas jurídicas que si deben inscribirse primero en la DGI, las personas naturales podían emitir avisos sin estar inscritas en esta entidad. Lo que puede llevar a la evasión fiscal.
Por eso, el Ministerio de Comercio e Industrias ahora tiene una alianza con la Dirección General de Ingresos. Aquellas personas naturales que quieran un aviso de operación, deberán inscribirse primero en la Dirección General de Ingresos y posteriormente emitir el aviso. Esta inscripción se puede hacer totalmente en línea en la página web de la DGI.
Siguiendo con esta línea, aquí te dejamos algunos puntos que debes tomar en cuenta al momento de inscribirte en la DGI:
a. La actividad comercial debe ser la misma en el aviso de operación y en la DGI.
b. La obligación usualmente es renta anual. Si tu negocio factura más de B/.36,000 al año también tiene la obligación de ITBMS mensual. (si no estas seguro sobre este punto, busca asesoría con un contador).
c. La sección de aviso de operación déjala en blanco.
Aunque el diseño de la página cambio, el cambio mas drástico es el que te mencionamos sobre las personas naturales. Ahora sabes que el primer paso es inscribirte en la DGI. No importa si es persona natural o jurídica, el paso aplica para ambas.
Si aún así tienes dificultad para completar estos pasos y emitir tu aviso, escríbenos. ¡Estamos para orientarte en el proceso!