EXTENSIÓN PLAZO DECLARACION JURADA

Extensión de plazo para Declaraciones Juradas

El día de ayer el Director de la Dirección General de Ingresos, Publio De Gracia haciendo uso de sus facultades firmó una resolución para otorgar la extensión de plazo para declaraciones juradas del ISR tomando en consideración las recomendaciones del gremio de contadores de Panamá.

A pesar que se ve una leve mejoría de la pandemia, la actividad comercial no se recupera completamente. Por ende, algunos comercios aún están recopilando la información contable para que sus respectivos contadores puedan elaborar y presentar la declaración jurada del ISR.

El principal objetivo de esta resolución es que todos los comercios, tanto personas naturales como jurídicas, puedan presentar su información contable. Es por eso que el gobierno tomó la decisión de extender el plazo y que sea aplicable a todos.

Inicialmente se había emitido una resolución que establecía que esa extensión solo aplicaba a un grupo de la MIPYME. Específicamente, se le otorgaba la extensión de plazo para declaraciones juradas del ISR a:

a. Las personas naturales y jurídicas que tuvieron hasta B/.500,000 y estén debidamente inscritos en la Autoridad de la Micro, Pequeña, y Mediana Empresa (AMPYME).

Pero luego se reconsideró la resolución y se incluyo a todas las personas naturales y jurídicas.

Lo que busca el gobierno nacional es que los comercios puedan cumplir con su obligación sin que se genere multas y recargos.

Especialmente aquellas empresas que aún no tienen permiso para su apertura o aquellos que recientemente se les autorizo su re apertura.

Al estar el comercio cerrado, mucha documentación no se pudo recolectar a tiempo. El trabajo del contador se dificulta ya que no tiene la información.

En esta nueva resolución se establece que el plazo se extiende hasta el 3 de mayo del 2021 para aquellos que deban presentar su declaración jurada período fiscal 2020.

GACETA OFICIAL

 

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