Puntos claves sobre la declaración jurada del ISR

Puntos claves sobre la declaración jurada del ISR

Puntos claves sobre la declaración jurada del ISR

Ya estamos a pocos meses para finalizar este año fiscal 2021. Hay un grupo de contribuyentes que iniciaron operaciones este año. Por consiguiente, tendrán la obligación de presentar la declaración jurada del impuesto sobre la renta por primera vez. Es por eso que hay unos puntos claves sobre la declaración jurada del ISR que debes conocer.

Si aún no tienes claro en que consiste esta obligación, te invitamos a que sigas leyendo este artículo.

  1. Estos son algunos puntos que debes conocer sobre este documento: 
  • Es una declaración que puede ser presentada por una persona natural o persona jurídica. Dependiendo el monto, necesitará ser presentada por un contador público autorizado.
  • La actividad comercial realizada en Panamá generará una serie de información que debes declarar tales como ingresos, gastos, costos, entre otros.
  • Este documento se presenta anualmente.
  • Un dato importante que debes recordar es que esta declaración no es el impuesto sobre la renta.
  • Un factor a tomar en cuenta es que las personas naturales no generan los mismos impuestos que las personas jurídicas.
  • Para poder preparar una declaración es crucial que cuentes con un sistema contable eficiente y eficaz. Si los registros no cumplen con la normativa y el debido análisis, la información que se utilice será errónea y eso puede generarte problemas fiscales a futuro, como por ejemplo, que los montos de los impuestos a pagar sean incorrectos.

 

2.  ¿Quiénes están obligados a presentar esta declaración?

Para el caso de emprendedores, MIPYME, y profesionales independientes, aplica:

  • Personas naturales o jurídicas, independientemente de su nacionalidad, domicilio o residencia, que perciban o devenguen rentas gravables.

Conforme a esta definición, estos están obligados a presentar la declaración. La misma debe contener la información sobre las rentas que haya obtenido durante el período fiscal anterior. Así como las utilidades que haya distribuido entre sus accionistas o socios.

También, todo otro anexo que sea requerido por la Dirección General de Ingresos (DGI) por ser necesario para la precisa determinación del impuesto. Por ejemplo, uno de los anexos que son comunes entre las empresas en el anexo de la Planilla 03.

3. ¿Quiénes no tienen la obligación de presentarla?

Ya mencionamos algunos contribuyentes que están obligados a presentar la declaración jurada del impuesto sobre la renta. Ahora veamos quienes no tienen esta obligación.

  • El trabajo que devenga un salario.
  • Jubilados o pensionados de la CSS, siempre que no tengan otros ingresos sujetos al impuesto.
  • Las personas naturales o jurídicas que hayan tenido en el año fiscal como único ingreso de utilidades o dividendos sobre las cuales se haya retenido el impuesto que corresponde a este rubro.
  • Personas naturales o jurídicas que perciban ingresos provenientes de intereses exentos.
  • Profesionales independientes cuya renta neta gravable sea de $1000.00 dólares o menos en el año fiscal, siempre y cuando sus ingresos brutos no sean mayores a $3000.00 dólares anuales.
  • Personas dedicadas a la actividad agropecuaria y que tengan ingreso bruto anual menos de $250,000.00.

 

La obligación de la presentación de este documento al cierre del año fiscal aplica para emprendedores, MIPYME, y gran empresa.

Con el cambio que hizo la plataforma de PANAMÁ EMPRENDE, tanto personas naturales como jurídicas deben inscribirse en la DGI. Posterior a este paso, podrán elaborar y emitir un aviso de operación. Es decir, que los que emitieron avisos de operación luego de la modificación, tienen que verificar las obligaciones que escogieron al momento de la inscripción en la DGI.

Uno de los datos que el contribuyente debe escoger al momento de inscribirse en la DGI es las obligaciones que tendrá con esta entidad. La obligación más común es la presentación de la declaración de forma anual. Es importante escoger correctamente esta opción en la solicitud de inscripción que se realiza en la plataforma en línea ETAX-2.0.

Recuerda que es muy importante que busques asesoría a tiempo para organizar los documentos necesarios para elaborar este documento.

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